DENUNCIA

30th Ago 2017 LA JUNTA

¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR UNA DENUNCIA?

Mediante denuncia presentada directamente por:

1.- El niño niña o adolescente afectado.

2.- Cualquier miembro de la familia (4to grado de consanguinidad y 2do de afinidad).

3.- La Defensoría del Pueblo.

4.- Las defensorías comunitarias.

5.- Cualquier persona o entidad que tenga conocimiento de un acto que constituya la vulneración de derechos de niños o adolescentes.

REQUISITOS DE LA DENUNCIA:

1.- Dirigirse a la Junta Cantonal de Protección de Derechos portando sus documentos de identidad.

2.- El organismo ante el cual se comparece;

3.- Los nombres, apellidos, edad y domicilio del denunciante y la calidad en la que comparece;

4.- La identificación más detallada posible del niño, niña o adolescente afectado;

5.- La identificación más detallada posible de la persona o entidad denunciada; y,

6.- Las circunstancias del hecho denunciado, con indicación del derecho afectado o de la Irregularidad imputada.

7.- La dirección exacta (croquis) en la cual se procederá a citar al denunciado.

¿QUIENES LA INTEGRAN?

30th Ago 2017 LA JUNTA

Las Juntas Cantonales de Protección de Derechos del cantón Ibarra, se integrarán con tres miembros principales y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos entre los postulantes que acrediten formación técnica necesaria para cumplir con las responsabilidades propias del cargo, el proceso de selección lo realizará el Concejo Cantonal de Protección de Derechos en coordinación de la Dirección de Administración de Talento Humano del GAD Ibarra.

Las Juntas Cantonales de Protección de Derechos del cantón Ibarra, se conformarán por tres Miembros Principales y Suplentes con los perfiles de Derecho, Psicología y Trabajo Social.

Miembros Principales de la JCPD-I

  • Abg. Deisy Salome Salazar Cadena.
  • Abg. Sandra Elizabeth Venegas Yépez
  • Psc. Verónica Magdalena Díaz Tobar
  • Psc. Gao Fabián Cruz Zambrano
  • Ts. Marco Daniel Figueroa Puente
  • Ts. Ana Julia Cañola Aboleda

Equipo Técnico Administrativo:

  • Secretaria: Lic. Esmeralda Molina
  • Asistente técnica: Tnlg. Germania Angamarca
  • Notificador: Tnlg. Erik Valdospinos
  • Archivo: Sr. Paolo Proaño Marcillo

Equipo Técnico de Seguimiento de Medidas:

  • Abg. Karen Liseth Cadena Orbe
  • Psc. Silvana Anabel Patiño Blacio
  • Ts. Erika Daniela Morán Constante

Equipo Técnico CATEVIV:

  • Abg. María Soledad Zurita Rueda
  • Abg. Diego Javier Ibujés Montenegro
  • Lic. María Alba Jurado Moreno
  • Psc. María Fernanda Bolaños Cobos
  • Psc. Andrés Burneo

Organismos aliados

Todos los Organismos que forman parte del Sistema de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia entre ellos:

  • Consejo Cantonal de Protección de Derechos.
  • Defensoría del Pueblo.
  • Fiscalía Imbabura
  • Policía Especializada de la Niñez y Adolescencia DINAPEN
  • Consejo de la Judicatura
  • Ministerio de Trabajo
  • Ministerio de Salud
  • Ministerio de Educación
  • Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
  • Juntas Parroquiales Urbanas
  • Gobiernos Parroquiales Rurales
  • Defensorías Comunitarias.
  • Consejos Consultivos
  • Red de Protección de Derechos Ibarra – REPRODEI

Los cuales son los encargados de cumplir con las Medidas de Protección dictadas por la JCPD-I según el caso (investigaciones, tratamientos, asistencias, seguimientos y otros).

 

 

¿QUÉ ES LA JCPD?

30th Ago 2017 LA JUNTA

Las Juntas Cantonales de Protección de Derechos del cantón Ibarra, son órganos de nivel operativo con autonomía administrativa y funcional, que tienen como función pública la protección de los derechos individuales y colectivos de los niños, niñas y adolescentes; personas adultas mayores; y, mujeres víctimas de violencia, del cantón Ibarra.  La autonomía administrativa se refiere a la no interferencia en las decisiones que se adoptan dentro de los procesos administrativos de protección de derechos.

¿QUÉ FUNCIÓN CUMPLE?

Las Juntas de Protección de Derechos tienen como función otorgar medidas de protección administrativas de carácter inmediato, orientadas a evitar o cesar la vulnerabilidad y restituir a tiempo los derechos que han sido amenazados y/o violentados. Su naturaleza jurídica otorga la responsabilidad de conocer casos de riesgo, amenaza y vulneración de derechos de niñas, niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas en movilidad humana en el Catón de Ibarra.

La naturaleza de las Juntas de Protección de Derechos, es de carácter administrativo no judicial, lo que implica que sus decisiones y acciones están relacionadas con el conocimiento, emisión y temporalidad de medidas para la protección. Por lo tanto, no sustituyen la labor de los órganos de la Función Judicial (Fiscalía, Unidades Judiciales, Cortes).