ATRIBUCIONES
- Formular políticas públicas cantonales relacionadas con las temáticas de género, diversidades sexo genéricas: Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transsexuales, Intersexuales (LGBTI), pueblos y nacionalidades, intergeneracional, movilidad humana y discapacidades, articuladas a las políticas públicas de los Consejos Nacionales de Igualdad;
- Transversalizar las políticas públicas de género, pueblos y nacionalidades, intergeneracional, movilidad humana y discapacidades, en los organismos públicos, privados, no gubernamentales y comunitarios del cantón;
- Observar, vigilar y realizar acciones para exigir el cumplimiento de los derechos individuales y colectivos en la aplicación de los servicios públicos, privados, no gubernamentales y comunitarios relacionados con las políticas de igualdad y de protección de derechos.
- Hacer seguimiento y evaluación de las políticas para la igualdad y la protección de derechos;
- Coordinar con las entidades rectoras y ejecutoras, los organismos especializados y las redes interinstitucionales del sistema de protección integral de derechos en su jurisdicción;
- Promover la conformación y fortalecimiento de las Defensorías Comunitarias y Consejos Consultivos de titulares de derechos.
- Apoyar el funcionamiento de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos.
- Garantizar el buen uso de los recursos del Fondo Cantonal de Protección de Derechos de acuerdo al Reglamento que se expida para el efecto.
- Las demás que le atribuya la ley o los reglamentos
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